Querétaro, Qro., marzo 8 de 2012
Fue durante el reciente proceso de elección del presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, donde -alegando el cumplimiento de la ley- se negó la participación como candidato al citado César Pérez por la citada JCP, con el argumento de que rebasaba el límite de la edad -fijado, de manera arbitraria y sin ningún fundamento en 60 años- violando así la Carta Magna y los tratados internacionales suscritos por el Estado mexicano que garantizan igualdad y no discriminación a los ciudadanos mexicanos por causa de raza, sexo, edad, etc..
Se ignoró también lo establecido en el artículo segundo de la Constitución Política estatal, que señala “Los derechos fundamentales no podrán ser limitados o restringidos; en su interpretación se resolverá siempre a favor del gobernado”.
En el caso de César Pérez, los diputados no hicieron interpretación de la ley, al contrario de lo que ocurrió con quien resultó electo presidente, C. Miguel Nava Alvarado, a quien sí excusaron del requisito de residencia en el Estado, que la ley estatal de Derechos Humanos señala de tres años previos a la elección.
Nava Alvarado fue delegado de la PGR en Aguascalientes desde octubre de 2008 hasta su salida en julio de 2011, dato que puede ser comprobado en el sitio web de la propia comisión (http://www.cedhqro.org/archivos/cv.pdf). El Código Civil federal establece en su artículo 31 que el domicilio legal de los servidores públicos es “el lugar donde desempeñen sus funciones por más de seis meses”.
Pérez Guzmán demanda del Tribunal de Justicia, la protección de uno de derechos humanos: la no discriminación. Además, pide conocer el criterio seguido por los legisladores para aplicar la ley a un ciudadano, y excusar a otro de su complimiento. Finalmente, se solicita la reposición del procedimiento realizado durante el pasado mes de febrero de 2012 donde se eligió al ombudsman queretano.
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